5. Conclusiones

En los últimos años, la agenda sobre trabajo decente para las personas trabajadoras del hogar en México ha avanzado de forma acelerada. Después de décadas de activismo y movilización de este sector y de grupos aliados, el marco normativo y los programas que existen en la actualidad tienen como objetivo reconocer y proteger los derechos de las personas trabajadoras del hogar en el país.

Las reformas a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley del Seguro Social constituyen avances fundamentales en tanto que amplían el reconocimiento de los derechos laborales de las personas trabajadoras del hogar —incluido el acceso a prestaciones de seguridad social—, fundamentales para la garantía de sus derechos reproductivos, entre otros. Sin embargo, como muestra el presente informe, gran parte de este gremio, conformado en su mayoría por mujeres —muchas de ellas en situación de vulnerabilidad, indígenas y provenientes de áreas rurales—, aún no cuenta con prestaciones de ley, contratos por escrito, acceso a servicios de salud y seguridad social, licencias parentales, acceso a servicios de cuidado para sus hijos e hijas ni vacaciones pagadas. Aunado a ello, su salario está por debajo del salario mínimo nacional y aún enfrentan formas de violencia y discriminación en el trabajo, como despidos por motivo de embarazo, acoso y violencia sexual. Esta situación de desventaja impide a quienes desempeñan esta labor tener acceso a oportunidades de trabajo decente y, en consecuencia, generar un proyecto de vida en condiciones de igualdad; es decir, las personas trabajadoras del hogar viven una continua violación a sus derechos humanos.

Si bien ya existen algunas políticas y programas para materializar esas reformas —como el Programa Piloto para la Incorporación de las Personas Trabajadoras del Hogar al Régimen Obligatorio del Seguro Social— , el número de afiliadas aún es muy bajo comparado con el número de personas que laboran en este sector en México. Esto significa que las personas trabajadoras del hogar continúan sin tener acceso universal a la seguridad social y a los beneficios que esta implica, como la atención médica gratuita, medicamentos, el servicio de estancias infantiles, las incapacidades por enfermedad o maternidad y el ahorro para el retiro. En otros ámbitos, como el derecho al acceso a la vivienda digna, aún no se prevén acciones para que dicho sector pueda ejercer este derecho en igualdad de condiciones que otras personas trabajadoras.

Otro avance fundamental para el movimiento de las personas trabajadoras del hogar en México lo constituye la ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (oit). Su entrada en vigor — en julio de 2021— obligó al gobierno mexicano a modificar leyes, normas y reglamentos para que las personas trabajadoras del hogar puedan gozar de las mismas condiciones que otras personas trabajadoras en general en materia de acceso a la seguridad social, salarios mínimos, acceso a la justicia social, contratación formal, entre otras.

La interrelación e interdependencia de los derechos implica que tanto la garantía como la violación de los derechos de las personas trabajadoras del hogar repercuten no solo en sus condiciones laborales, sino también en distintos ámbitos de su vida. Tal es el caso de los derechos reproductivos, que se pueden ver obstaculizados al no tener acceso a servicios de salud reproductiva y seguridad social, así como a los beneficios que este aseguramiento conlleva. Más aun, la relación que existe entre los derechos puede obligarlas a modificar sus planes de vida no desde la libertad, sino desde un cálculo efectuado a partir de la falta de acceso a tales derechos. Es el caso, por ejemplo, cuando una trabajadora del hogar toma decisiones sobre su vida reproductiva con base en si la parte empleadora la despedirá; si podrá enfrentar los obstáculos para recibir atención durante el embarazo, el parto y el posparto; si se le permitirá ausentarse unos meses con goce de sueldo; o bien, si podrá resistir una temporada sin ingresos y asumir actividades de crianza y cuidados una vez que nazca su hijo o hija.

Asimismo, la crisis ocasionada por la pandemia de Covid-19 puso en evidencia la debilidad de los sistemas de salud y protección social a nivel global. Ello tuvo consecuencias concretas para las mujeres en general y, en particular, para las trabajadoras del hogar. En México, la pandemia ha puesto de manifiesto la precariedad de las condiciones laborales, económicas y de acceso a la protección de la salud de las personas trabajadoras del hogar. A manera de ejemplo, se pueden nombrar los despidos injustificados, la reducción de sus salarios, la suspensión de sus actividades sin goce de sueldo, el confinamiento obligatorio en sus lugares de trabajo cuando se encuentran bajo la modalidad “de planta”[1]Observatorio Género y Covid-19 en México. Nos cayó el 20. Diagnóstico y recomendaciones del Observatorio Género Covid-19 en México, Bienestar, 2021. Disponible en: Aquí y onu Mujeres, oit, … Continue reading así como la suspensión de su sueldo en caso de no poder asistir a laborar por estar enfermas o tener que acudir a una consulta médica.

En ese sentido, es crucial que esta crisis no suponga un retroceso en las conquistas alcanzadas y que las medidas para dar respuesta a la pandemia contribuyan a la consolidación de los derechos laborales y reproductivos de las personas trabajadoras del hogar. Para ello, se requiere implementar acciones orientadas a garantizar el cumplimiento de la normativa nacional existente y de los tratados internacionales ratificados por México, con especial atención a la implementación del Convenio 189 de la oit.

Este informe visibiliza las situaciones de exclusión, discriminación y falta de cumplimiento de derechos que padecen las personas trabajadoras del hogar, quienes laboran en su mayoría en el sector informal, en condiciones precarias y sin las protecciones o prestaciones mínimas. En este sentido, para garantizar una verdadera protección de los derechos humanos en un marco de justicia reproductiva y de género, entre otros aspectos, es necesario constituir un sistema de seguridad social universal que abarque a todas las personas trabajadoras, tanto aquellas que laboran en esquemas de trabajo formal como las que se desempeñan en un ámbito informal. Asimismo, se requiere avanzar en una serie de derechos laborales, sociales, reproductivos, de acceso a una vida libre de violencia y de acceso a la justicia y a una reparación integral. Para ello, se precisa del esfuerzo conjunto de las autoridades, las personas empleadoras y la sociedad en general y no esperar que sean solo las trabajadoras del hogar quienes reaccionen ante el incumplimiento.

Recomendaciones

Generación de datos y difusión de información

RecomendaciónPertinencia / JustificaciónAutoridad responsable
Generar un mecanismo de registro y monitoreo en línea que contemple datos de las personas trabajadoras del hogar y de las empleadoras así como datos sobre los avances en el cumplimiento de los derechos, como: inscripción a la seguridad social, salario, contrato, vacaciones, aguinaldo, entre otros.La sistematización y difusión de información permite diseñar políticas públicas, establecer una coordinación interinstitucional y vigilar el cumplimiento por parte de las personas empleadoras. Este registro debe contemplar: datos personales de las personas empleadoras y trabajadoras (nombre edad, etnia [si aplica], escolaridad); dirección del trabajo habitual; año de inicio de la relación laboral; existencia de contrato laboral con fecha de inicio y duración; el monto salarial, y el registro a la seguridad social.Ejecutivo federal Ejecutivos locales
Crear instrumentos para el monitoreo, la evaluación y la rendición de cuentas de la inscripción a la seguridad social.La generación y recolección de los datos de afiliación permitirán monitorear, evaluar y rendir cuentas de las metas y los resultados obtenidos.IMSS Ejecutivo federal
Crear campañas para difundir los derechos de las personas trabajadoras del hogar; sensibilizar a las personas empleadoras sobre sus obligaciones; e informar las vías de acceso a la justicia para atender cualquier tipo de violencia o discriminación hacia las primeras.La información debe ser culturalmente apropiada con traducción a diferentes lenguas indígenas, por ejemplo y accesible para la mayor cantidad posible de personas. Es necesario difundir las formas y modalidades de violencia a las que las trabajadoras del hogar están expuestas de forma constante para contrarrestar su naturalización y motivar su detección; asimismo, es preciso difundir los mecanismos de acceso a la justicia y las instituciones responsables de aplicarla. Es importante hacer énfasis en los derechos de las personas trabajadoras menores de edad, dado que existen salvaguardas especiales para este sector.Ejecutivo federal Ejecutivos locales
Diseñar y difundir un esquema para que las personas trabajadoras del hogar puedan exigir el cumplimiento de sus derechos.Contar con un esquema sencillo y eficaz permitirá a las personas trabajadoras del hogar exigir su afiliación a la seguridad social o cualquier otro derecho sin que su trabajo se ponga en riesgo.Ejecutivo federal Legislativo federal
Realizar diagnósticos y padrones sobre las trabajadoras del hogar a partir de un enfoque de género, interseccional e intercultural que permitan diseñar políticas públicas acordes a sus necesidades.Tales diagnósticos y padrones permitirán diseñar políticas públicas adecuadas a las necesidades de las personas trabajadoras del hogar e identificar las principales barreras que enfrentan para ejercer sus derechos humanos.Ejecutivo federal Ejecutivos locales

Acceso a la justicia

RecomendaciónPertinencia / JustificaciónAutoridad
responsable
Crear y/o fortalecer mecanismos y procedimientos que cuenten con un enfoque de género e intercultural para la investigación de las quejas por falta de cumplimiento de los derechos o por violaciones a los derechos humanos y hacer pública esta información. Garantizar el acceso a la justicia y a una reparación integral para las personas trabajadoras del hogar que enfrenten violaciones a sus derechos humanos.Se requiere contar con un esquema sencillo y eficaz que permita a las personas trabajadoras del hogar presentar una queja y/o exigencia sin que su trabajo se ponga en riesgo, y que ésta sea atendida conforme a derecho.Ejecutivo federal Ejecutivos locales Comisión Nacional de los Derechos Humanos Comisiones locales de derechos humanos, CONAPRED y Comisiones locales para prevenir la discriminación

Condiciones laborales

RecomendaciónPertinencia / JustificaciónAutoridad
responsable
Llevar a cabo las reformas a las leyes y lineamientos para asegurar la inclusión de las personas trabajadoras del hogar en el sistema de créditos para la vivienda.Todas las personas trabajadoras tienen derecho a acceder a créditos de vivienda, por lo que las trabajadoras del hogar no deben ser excluidas.Legislativo federal Ejecutivo federal
Impulsar la implementación del Convenio 189 a través de las reformas que sean necesarias y de campañas de difusión.La armonización de la legislación permitirá asegurar que todos los instrumentos nacionales están en consonancia con dicho Convenio. Para garantizar su implementación, es necesario llevar a cabo una serie de políticas, programas y acciones en todos los niveles de gobierno.Legislativo federal Ejecutivo federal Ejecutivos locales
Promover acciones y medidas para disminuir los efectos negativos que la pandemia de Covid-19 ha tenido en las personas trabajadoras del hogar.Las medidas deben contribuir a la consolidación de los derechos laborales y reproductivos de las trabajadoras del hogar.SAT Ejecutivos locales

Seguridad social

RecomendaciónPertinencia / JustificaciónAutoridad responsable
Evaluar los resultados de la segunda fase de la prueba piloto de afiliación a la seguridad social para reformar la ley y crear incentivos económicos y fiscales que garanticen la afiliación obligatoria.Para poder evaluar la necesidad de hacer modificaciones, es necesario conocer los resultados de las primeras dos etapas.IMSS
Evaluar la viabilidad de contar con un esquema de jubilación para las personas trabajadoras del hogar que no alcanzaron a cotizar suficientes semanas y que ya se encuentran en edad de retirarse.El derecho a la jubilación se crea a partir de haber cotizado un cierto número de semanas en el imss. Sin embargo, el que un sector de la población no tenga acceso al mismo debido a que por mucho tiempo su afiliación no fue obligatoria por ley resulta discriminatorio. Por lo tanto, es necesario dedicar recursos para, en la medida en la que el presupuesto lo permita, garantizarles un retiro.Ejecutivo federal

Cuidados

RecomendaciónPertinencia / JustificaciónAutoridad responsable
Ratificar el Convenio 156 sobre los trabajadores con responsabilidades familiares (C156), firmado en 1981 por México.La implementación de acciones que garanticen a las personas trabajado- ras con responsabilidades familiares la no discriminación y la posibilidad de contar con un respaldo estatal para el cuidado de las personas a su cargo.Senado
Aprobar la reforma sobre el derecho al cuidado y el Sistema Nacional de Cuidados que actualmente se encuentra en el Senado, para garantizar todos los beneficios a las personas que trabajan en el mercado informal, de tal manera que incluya a las personas trabajadoras del hogar.Contar con un marco regulatorio que fomentará la corresponsabilidad en los cuidados no solo de niños, niñas y adolescentes, sino de cualquier persona con algún grado de dependencia.Senado
Promover la creación de programas de capacitación y certificación para las personas trabajadoras del hogar que también se desempeñen como cuidadoras o estén interesadas en serlo.Fomentar los conocimientos especializados y el cuidado físico y emocional necesarios para quien se encarga de los cuidados por ejemplo, a través de capacitaciones, actualizaciones, acreditaciones y certificaciones coordinadas por las dependencias con facultades en la materia permitirá a las personas trabajadoras del hogar profesionalizar su trabajo y obtener mejores remuneraciones salariales.Ejecutivo federal Ejecutivos locales

Acceso a servicios de salud reproductiva

RecomendaciónPertinencia / JustificaciónAutoridad responsable
Garantizar el acceso a servicios de salud reproductiva.La implementación de estrategias orientadas a facilitar el acceso de las mujeres y personas gestantes a los servicios de salud reproductiva garantizará que tengan acceso a los mismos sin importar la afiliación a una institución de salud.Instituciones del Sistema Nacional de Salud
Garantizar la correcta implementación del Programa de Acción Específico para la Salud Sexual y Reproductiva 2020–2024Uno de sus seis componentes principales es la Salud Materna, cuyo objetivo es incrementar el acceso a la atención oportuna, integral y segura de la salud materna, desde la etapa pregestacional hasta el puerperio.Instituciones del Sistema Nacional de Salud
Garantizar a las víctimas de violencia sexual el acceso a la anticoncepción de emergencia y, en su caso, a la interrupción voluntaria del embarazo, en los términos establecidos en la NOM 046 y la Ley General de Víctimas.Las instituciones de salud públicas están obligadas a ofrecer el servicio de interrupción voluntaria del embarazo y a dar atención de emergencia inmediata a las víctimas de violencia que lo requieran sin condicionar su prestación a ningún requisito. Únicamente es necesario un escrito bajo protesta de decir verdad de la víctima en el que establezca que su embarazo es producto de una violación sexual para que pueda interrumpirlo de forma voluntaria.Instituciones del Sistema Nacional de Salud

Despidos por embarazo, discriminación y acoso

RecomendaciónPertinencia / JustificaciónAutoridad responsable
Ratificar el Convenio 183 sobre la protección de la maternidad (2000).La ratificación permitirá contar con medidas especiales para volver al mismo puesto de trabajo o a uno equivalente con la misma remuneración al término de la licencia de maternidad, además de garantizar que ésta no constituya una causa de discriminación en el empleo.Senado
Ratificar el Convenio 158 sobre la terminación de la relación de trabajo (1982).La ratificación permitirá contar con instrumentos que prohíban el despido de las trabajadoras durante el periodo de licencia por maternidad y durante un periodo posterior al reintegro al trabajo, excepto por causas que no guarden relación alguna con el embarazo, el nacimiento del hijo o la hija y sus consecuencias y la lactancia.Senado
Ratificar el Convenio 190 sobre la violencia y el acoso (2019).La ratificación permitirá contar con una guía para implementar acciones dirigidas a erradicar la violencia en los centros de trabajo, incluidas las viviendas particulares.Senado

ILSB / Autoras en investigación y texto:

María Jimena Allendelagua Jaimes Ana Gabriela Farías Calderón Daniela González Gómez
Makieze Medina Ortiz

Génesis Alida Topete Sánchez Valentina Zendejas Moheno

GIRE / Autoras en investigación y texto:

Verónica Esparza Pérez Miguel Fuentes Carreño Isabel Fulda Graue
Valentina Gómez García Karen Luna Rodríguez Bueno

Camila Riva Palacio Rabadán
Mariana Roca Cogordan
Investigación en Salud y Demografía s.c. (INSAD)

Edición

The Pillow Books

Diseño y formación:

Cabra Estudio

Referencias

Referencias
1 Observatorio Género y Covid-19 en México. Nos cayó el 20. Diagnóstico y recomendaciones del Observatorio Género Covid-19 en México, Bienestar, 2021. Disponible en: Aquí y onu Mujeres, oit, Trabajadoras remuneradas del hogar en América Latina y el Caribe frente a la crisis del Covid-19, 12 de junio de 2020.